Nueva Ley de Donaciones en Chile: Todo lo que necesitas saber.

Nueva Ley de Donaciones en Chile: Todo lo que necesitas saber.

Por Clycme
Publicado en Donaciones
14 de abril, 2022
2 minutos de lectura

El proyecto fue promulgado el día 1 de abril de 2022 y cuenta con el apoyo de las organizaciones de la sociedad civil y del mundo empresarial.

Si bien esta nueva ley de donaciones no deroga las leyes existentes en materia de donaciones ni las consolida en un solo cuerpo legal, como era el deseo de las organizaciones solidarias, si atomiza muchas de las propuestas realizadas por las ONG chilenas reforzando su impacto y ampliando los beneficios tributarios de los contribuyentes que deseen aportar a causas sociales y medioambientales.

Este proyecto incorporó un nuevo titulo dentro de la ley de rentas municipales, el cual coexiste con todas las leyes de donaciones disponibles en nuestro país, permitiendo realizar y recibir donaciones de manera sencilla, rápida y transparente, simplificando los procesos de donaciones y creando un sistema más amigable para los donantes y donatarios.

Se amplía el abanico de causas.

Se incorporan a los ámbitos de ONG susceptibles a donaciones ya existentes, el medioambiente, salud, DD.HH., ayuda humanitaria, defensa de los animales, entre otros.

Digitalización y transparencia.

Crea una plataforma online, operada por una secretaría técnica, creada para tal función, donde las instituciones sin fines de lucro que cumplan los requisitos generales pueden inscribirse y después tienen que rendir cuenta de la donación. Es decir, en vez de poner barreras de entrada, se incentiva que más instituciones participen, se simplifica y transparenta el sistema y se fiscaliza después.

Aumento de los beneficios tributarios y montos de donación.

En primer lugar, es importante aclarar, que a partir de ahora las donaciones realizadas bajo esta nueva ley de donaciones no estarán afectas al impuesto a las donaciones, asimismo estarán liberadas del trámite de insinuación.

Por su parte, los donantes podrán deducir el monto de la donación de la base imponible del impuesto de primera categoría, impuesto único de segunda categoría, impuesto global complementario o impuesto adicional, según corresponda, con un tope anual determinado bajo las siguientes reglas:

• Impuesto de primera categoría: el menor valor entre:

  • El equivalente en pesos de 20.000 UTM
  • Alguno de los siguientes montos, a elección del donante: 5% de la base imponible, 0,48% del capital propio tributario o 0,16% del capital efectivo, hasta un monto de 20.000 UTM.

• Impuesto único de segunda categoría, global complementario o adicional: el menor valor entre:

  • El equivalente en pesos de 10.000 UTM
  • 5% de la base imponible del impuesto correspondiente hasta un monto de 10.000 UTM.

Lo que exceda de estos límites no se aceptará como gasto ni podrá ser deducido de la base imponible, pero no quedará afecta al impuesto multa del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta.

¿Cómo acceder a estos beneficios?

Para acceder a los beneficios tributarios, los donantes deberán exhibir el certificado de donación que les expida el donatario y el comprobante de la entrega de la donación. Sin perjuicio de ello, el donante siempre podrá acreditar la efectividad y monto de las donaciones mediante todos los medios de prueba legales.

Si necesitas asesoría sobre la ley corta de donaciones contáctanos en clyc.me


Clycme

Clycme

Posts Relacionados

Caso Patagonia: El medio ambiente como único accionista de la empresa
Donaciones
Caso Patagonia: El medio ambiente como único accionista de la empresa
06 de octubre, 2022
3 min
© 2022, All Rights Reserved.

Producto

DescubreConectaImpacta

Redes sociales